MAC/20: Minas y Comunidades

Resuelven Parcialmente A Favor Recurso Contra Minera Glencairn Gold

Published by MAC on 2005-05-13
Source: http://costarica.capitalfinanciero.com

Resuelven parcialmente a favor recurso contra minera

13 Mayo 2005

Ana Cristina Camacho at http://costarica.capitalfinanciero.com

La Sala Constitucional de Costa Rica resolvió parcialmente a favor un recurso de amparo presentado contra la explotación de oro de la mina Bellavista, ubicada en Miramar de Puntarenas.

Un grupo de vecinos de este distrito puntarenense cuestionó en el recurso la concesión de explotación de oro que el Estado otorgó a la minera, filial de la canadiense Glencairn Gold, al señalar que la empresa está operando ilegalmente ante posibles daños ambientales ocasionados por la actividad. También cuestionaron los permisos otorgados por el Ministerio de Ambiente y Energía, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA).

Los magistrados sin embargo solo dieron la razón a los denunciantes en cuanto a la omisión en la delimitación de las zonas de protección de mantos acuíferos hecha por el Ministerio de Ambiente, el Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento y del AyA.

En el fallo, se ordena a estas instituciones a que en un plazo de 24 horas den a conocer el estudio hidrogeológico realizado en 1999 con el cual se determinaron las zonas de protección de las nacientes, áreas acuíferas y de carga y descarga acuífera que podrían verse afectadas por la explotación minera.

Una vez hecho esto, se le ordena a las entidades adoptar las medidas necesarias que eviten la contaminación. También se ordena a las instituciones delimitar en el sitio las zonas de protección de los mantos acuíferos y que Minae y Setena coordinen para realizar estudios relativos a la seguridad y tecnología necesaria para garantizar el manejo de todas las sustancias químicas que requiere el proyecto minero.

Por otro lado, los magistrados piden al Minae en coordinación con la empresa realizar estudios que determinen la incidencia de drenaje ácido para así tomar medidas preventivas que mitiguen sus efectos. El fallo también ordena a Setena efectuar inspecciones y velar porque se cumplan los compromisos ambientales asumidos por la empresa.

Sobre los otros aspectos recurridos en el recurso de amparo relativos a la concesión otorgada, la Sala IV los declaró sin lugar.

"El amparo fue presentado un 22 de marzo 2004 y se resuelve un 13 de mayo, o sea 14 meses después. La Sala no se ha referido a la operación ilegal de la empresa minera que empezó a operar el 12 diciembre 2002 sin contar con permisos municipales, del INVU, del Ministerio de Salud. Esto nos deja una insatisfacción total, pues pone en duda la capacidad analítica de esa Corte Plena para dar resguardo a los derechos fundamentales que se nos han violentado con la operación ilegal de mina Bellavista", dijo Sonia Torres, vocera de la agrupación ambientalista Ceus del Golfo, una de las promotoras del recurso legal contra la minera. "No es cierto que en el amparo nosotros cuestionáramos la concesión. Eso lo tenemos para próximas actuaciones en esa sede gestionadas a través de una acción de inconstitucionalidad que será presentada en los próximos días".

"En cuanto a la sentencia en general nos sentimos satisfechos por cuanto implícitamente la Sala está cuestionando la viabilidad ambiental otorgada por la Setena, al obligar a realizar estudios básicos como son la delimitación de las zonas de protección hídrica de aguas superficiales y subterráneas. ¿Cómo es posible que la Corte Suprema no se refiera a la legitimidad de una viabilidad ambiental en un estudio que no hizo este tipo de estudios? En relación con el principal alegato que hemos hecho ante la Sala, ésta nos ha dado la razón, pues obliga a realizar los estudios que no se hicieron", adujo Sonia Torres.

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