MAC: Mines and Communities

Mexico: Court Decision Stops San Luis de Potosí Gold Project

Published by MAC on 2004-11-02


Mexico: Court Decision Stops San Luis de Potosí Gold Project

The Mexican Federal Court of Fiscal and Administrative Justice (TFJFA) has halted operations at the San Luis de Potosí Gold Project, owned by Minera San Xavier (MSX), a subsidiary of the Canadian company Metallica Resources.

The company has retorted that the decision lacks a scientific base and that it will harm Canadian investments in the country.

In a resolution dated September 1st, disclosed by the Mexican newspaper La Jornada, the TFJFA substantiated a case brought in 2000 by the civic union Pro San Luis Ecológico, opposing the authorisation granted to the company the previous year by the National Institute of Ecology (INE).

The Federal Court's resolution is based on the necessity of ecological preservation of San Pedro Hill, where some animal species are in danger of extinction, as well as risks derived from cyanide use in mining: "It would put in danger the biodiversity of the area". In addition to this point, the TFJFA recalls that the responsibility for preservation and regeneration of the environment lies with the federal authority. It concludes that the permit granted for the concession did not conform to "applicable laws".

Their opponent La Minera San Xavier consider that "the project is dead", since any action that could undermine the federal justice decision "would imply disrespect and transgression of the law".


Fallo judicial frena proyecto de Minera San Xavier, en SLP

LA JORNADA SAN LUIS (México)

Miércoles 27 de octubre de 2004

Anula permiso que concedió el INE; no se ajustó a las leyes en materia ambiental, afirma. También se apoyó en plan que consideraba a Cerro de San Pedro zona de restauración de vida silvestre.

San Luis Potosi, SLP, 26 de octubre. El pleno de la sala superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) - antes Tribunal Fiscal de ls Federación - determinó que la autorización de uso de suelo condicionada que en 1999 dio el Instituto Nacional de Ecología (INE) a la canadiense Minera San Xavier, contravino las disposiciones jurídicas federales y, por tanto, resolvió anular el citado permiso.

En una resolución fechada el primero de septiembre pasado, el TFJFA emitió el cumplimiento de ejecutoria como parte del juicio de amparo 65/2004-873, presentado en 2000 por Pro San Luis Ecológico en contra de la autorización del INE a la minera.

Pro San Luis Ecológico forma parte de una alianza de diversos organismos que se oponen al establecimiento de la minera en Cerro de San Pedro, municipio ubicado a 18 kilómetros de esta capital.

El dictamen determinó que la autorización otorgada a la minera no fue emitida conforme a las disposiciones legales aplicables en materia ambiental, como ha documentado el escritor Carlos Montemayor en las páginas de La Jornada.

Para llegar a este fallo, el tribunal consideró que el mismo INE reconoció la existencia de especies animales y vegetales "de lento desplazamiento" y con diferentes grados de protección en las entre 300 y 470 hectáreas previstas para el proyecto minero en Cerro de San Pedro. Resalta también la confusión existente en los términos "reubicar" y "reacomodar" que utiliza el INE en la resolución, refiriéndose a las especies animales y vegetales que pueden ser reubicadas.

Entre otros animales, el documento señala el gavilán cola roja, la tortuga del desierto y las serpientes de cascabel, chirrionera y alicante.

Otra consideración que tomó en cuenta el órgano judicial es que en la autorización, el INE adjudica a la minera la responsabilidad de cualquier ilícito en materia de impacto ambiental, pero el mismo INE reconocía que "cualquier sanción impuesta sería irrelevante ante el daño irreversible que se ocasionaría a la zona".

También expresa que, ante las dimensiones del proyecto, las características de la fauna y flora del sitio y los "materiales altamente contaminantes" que se utiliza-rían, la minera necesitaba una manifestación de impacto ambiental específica, y no general, que fue la que presentó la empresa.

El fallo indica que las admisiones del INE violentaban la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que adjudica la responsabilidad de la preservación y regeneración ambiental a la autoridad federal en la materia.

El tribunal desestimó el programa de atención y riesgos establecido en el permiso del INE, con el argumento de que un derrame de la solución de cianuro "ocasionaría daños irreversibles al suelo".

Otro documento en el que se apoyó el TFJFA es el Plan de ordenación de San Luis Potosí y su zona conurbada, emitido por el gobierno estatal en 1993, que incluía a Cerro de San Pedro en la zona de restauración de vida silvestre en un periodo de 20 años. La autoridad judicial determinó que ese plazo no se ha vencido ni se han cumplido los objetivos del plan establecidos para el municipio.

El cambio de uso de suelo, destaca el fallo, "pondría en peligro la biodiversidad de la zona, por lo que no debió autorizarse".

En la parte final del fallo, el tribunal determina que la autorización del INE "se otorgó contraviniendo las disposiciones jurídicas federales y específicas" por lo que considera procedente declarar la nulidad de la resolución". La sentencia recibió siete votos a favor, tres en contra y dos abstenciones del pleno del tribunal.

Historia de un proyecto accidentado

Desde 1997, la Minera San Xavier mostró interés por explotar los restos de oro y plata que quedan en Cerro de San Pedro. Con el priísta Fernando Silva Nieto, la compañía recibió las autorizaciones estatales y municipales, y, en 1999 obtuvo el permiso ambiental del INE.

La empresa era propiedad de dos compañías canadienses: Metallica Reosurces Inc y Cambior. Esta última estaba involucrada en un desastre ecológico en la selva de Guyana. En 2000, Cambior vendió su parte a Glamis Gold, también de Canadá, y en 2003 Metallica obtuvo el ciento por ciento de las acciones.

Con el anuncio del proyecto minero nació también la oposición. Grupos ambientalistas y de conservación arquitectónica iniciaron una lucha social y legal por impedir que la empresa pusiera en riesgo el ecosistema desértico de Cerro de San Pedro y los templos coloniales que alberga el pueblo.

Este año, los bandos han dado varias volteretas. Un tribunal agrario anuló el contrato de renta de 300 hectáreas entre la minera y presuntos ejidatarios que en realidad no lo eran.

Luego de una oposición inicial, el gobernador Marcelo de los Santos Fraga, el presidente Vicente Fox y la empresa lograron que el alcalde priísta, Oscar Loredo Loredo, concediera las licencias municipales que se negaba a dar. Posteriormente el propio mandatario estatal panista anunció que la Sedena había concedido el permiso de uso de explosivos, requisito que tenía pendiente la empresa.

Pero ahora, la empresa reconoce que la viabilidad del proyecto está en riesgo por el fallo del Tribunal Superior de Justicia Fiscal y Administrativa en favor de un amparo presentado por los ecologistas en 2000.


Tribunal mexicano paraliza el proyecto minero en San Luis de Potosí La empresa responde que ya tenía todos los permisos y que el Tribunal carece de conocimientos medioambientales

Europa Press

2 November 2004

Madrid - El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) mexicano paralizó el pasado septiembre el proyecto de explotación de la empresa Minera San Xavier (MSX), filial de la multinacional canadiense Metallica Resources, en el Cerro de San Pedro (en el Estado de San Luis Potosí, centro del país), por problemas medioambientales. La compañía ha respondido que esta decisión carece de base científica y que perjudicará a las inversiones canadienses.

En una resolución fechada el pasado 1 de septiembre que recoge ahora el diario 'La Jornada', el TFJFA daba la razón al recurso presentado en 2000 por la plataforma cívica Pro San Luis Ecológico en contra de la autorización de explotación concedida el año anterior a la compañía por el Instituto Nacional de Ecología (INE).

La resolución del Tribunal Federal se basa en que el Cerro de San Pedro es una zona de preservación ecológica en la que se dan especies de flora y fauna que se encuentran en peligro de extinción, así como en los riesgos derivados del uso de cianuro para esta actividad. "Pondría en peligro la biodiversidad de la zona, por lo que no debió autorizarse", considera.

Entre los argumentos manejados por el Tribunal se encuentra una de las condiciones impuestas por el propio INE: el Instituto atribuía a la empresa minera la responsabilidad de cualquier impacto medioambiental, aunque reconocía que "cualquier sanción impuesta sería irrelevante ante el daño irreversible que se ocasionaría a la zona". Además de este punto, el TFJFA recuerda que la responsabilidad de preservación y regeneración corresponde a la autoridad federal.

Concluye, en definitiva, que la concesión de permiso no se realizó de conformidad "con las disposiciones legales aplicables". Por ejemplo, el Plan de Ordenación de San Luis Potosí y sus alrededores, lanzado por el Gobierno en 1993, que incluía a Cerro de San Pedro, y que preveía la restauración ecológica de la zona durante veinte años, aún no se ha cumplido.

Los opositores a MSX consideran que "el proyecto ha muerto", ya que cualquier acción que pudieran emprender los gobiernos federal, estatal, municipal o las secretarías del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), de Economía (SE), de la Defensa Nacional (Sedena) "implicarían acciones de desacato y trasgresión a la legalidad".

"No son expertos"

En respuesta a la sentencia, Minera San Xavier recuerda que ya contaba con todos los permisos necesarios, y opina que el fallo judicial está plagado de irregularidades y no es transparente, y que el Tribunal no es más experto en materia medioambiental que los institutos especializados con que cuenta el país.

Además, la empresa considera que la sentencia va en contra del "propósito del Gobierno Federal de promover las inversiones canadienses" en México, y que los inversores extranjeros necesitan "certidumbre jurídica y un sistema de justicia transparente y expedito".

La compañía aseguraba que el proyecto del Cerro de San Pedro habría generado casi 2.000 millones de pesos de inversiones (136 millones de euros) para la zona, así como puestos de trabajo para la comunidad y compras a proveedores locales (en un 74%).

El proyecto minero de Cerro San Pedro nació en 1997, cuando MSX expresó su interés por explotar los restos de oro y plata que quedan en este área. La compañía recibió las autorizaciones estatales y municipales de las autoridades priístas, y en 1999 el permiso medioambiental del INE.

La empresa era por aquel entonces propiedad de dos compañías canadienses: Metallica Reosurces y Cambior; esta última estuvo involucrada en en un desastre ecológico en la selva de Guyana. En 2000, Cambior vendió su parte a Glamis Gold, también canadiense, y en 2003 Metallica se hizo con el cien por cien de las acciones.

Desde el primer momento, grupos de la sociedad civil se articularon para frenar el proyecto, denuncian su grave impacto en el ecosistema desértico del Cerro. La empresa había intentado frenar estas protestas con actividades de respaldo cultural a las comunidades locales y de restauración del patrimonio cultural de la zona.

A lo largo de estos años, la concesión de permisos estuvo plagada de problemas, por ejemplo el contrato de renta de 300 hectáreas entre la empresa y presuntos propietarios de tierras cercanas al Cerro que en realidad no existían, contrato que fue anulado por un tribunal agrario.

La unidad de explotación empezó a construirse el pasado febrero, con la retirada y trasplantado de 21.000 ejemplares de cáctus protegidos; MSX afirmaba estar en trámites de certificación con la norma internacional ISO 14001 para estas instalaciones.


Cerro de San Pedro and Minera San Xavier

With the purpose of getting you in touch with the problem that has been going on in Cerro de San Pedro, a town located 12 kilometers from capital city of San Luis Potosi, Mexico, with the Canadian mining company called Minera San Xavier for 8 years, we urge you to read the following information.

Historical background

Cerro de San Pedro was found in 1592 because of its rich gold and silver deposits. Its historical importance is manifested today in the fact that Cerro de San Pedro is located in the center of the shield of weapons of the state of San Luis Potosi, Mexico, on which rests San Luis King of France.

In the center of the Hill (Cerro mans hill or small mountain) are the pits of the mining exploitation and to the sides of the personage are found bars of gold and silver. That is to say, thanks to Cerro de San Pedro San Luis Potosi was founded.

In addition to its glorious past, its temples that date back to the XVII century and in itself all its architecture is exceptional to such degree that the National Institute of Anthropology and History, INAH, carried out all the works that are required so that the UNESCO could consider it as part of the historic patrimony of the nation. At present is found in procedure the declamatory of Cerro de San Pedro as Zone of Historic Monuments.

Once the North American Free Trade Agreement, NAFTA, entered in vigor in 1994, the Mining Canadian business called Minera San Xavier conceived the idea to explore the old mining town of Cerro de San Pedro with the purpose of exploiting its resources, gold and silver.

Impacts

The company called the inhabitants from the town to a meeting during which was explained to them that the project implied the disappearance of the town, that of their temples and houses but that they would offer them money in order for them to build new houses and to be relocated.

To carry out such exploitation it is required the disappearance of 1 km. of mountains continuing subsequently toward the subsoil with a depth of between 250 and 350 meters. To exploit the Hill on which the town rests will need 13 tons of explosives based on nitrato of amonio. Instead of a hill there will remain a crater… the Crater of San Pedro.

To extract the mineral there will be needed another 16 tons of cianuro of sodium mixed with 32,000,000 pure liters of water that would come from the water deposits that supply the city and which, like the ones that live in San Luis Potosi know, is in danger to be exhausted because of over explotation. The cianuro of sodium with the water produces acido cianhídrico, which once evaporized will travel daily toward the city and populated neighbor towns.

It is also proposed to utilize other 25 daily tons of composed explosives of Nitrato of Amonio in order to extract 75,000 daily tons of material. The explosions would produce large quantities of dust that can cause sufferings such as pulmonary fibrosis and “silicosis,” an irreversible illness that often incapacitates common miners.

The people of San Pedro, Soledad de Graciano Sánchez, Los Gomez, Pozos, Armadillo de los Infante, San Luis Potosi and other near-by populated towns would be inhaling constantly all these contaminants.

Some of the legal aspects that are being violated

Federal laws:

a) Article 35º of the Federal Law of Weapons of Fire and Explosives, indicates the demand of a perimeter of 1,000 meters of the place of storage and consumption of explosives, free of constructions for house room, historic zones and archaeological zones. If the project is carried out tons of explosives would be utilized to do the cut just 50 meters away from the town.

b) Article 3º of the Presidential Decree of June 2, 1961 prohibits for an indefinite time the use of water from the subsoil of the Valley of San Luis Potosi without previous written permission by the Secretary Office of Hydraulic Resources.

c) The Agrarian Law establishes the obligation of the authority to assess and to protect the ”ejidatarios,” (like cooperative members). Mining San Xavier negotiated with the “Asamblea Ejidal” the leasing of its lands without the Agrarian Attorney's office to comply with its obligation to assess the coop members. The contract of leasing mentions persons that do not appear in the National Agrarian Registration. This means that the company legally lacks the title of the property it wishes to exploit.

State, municipal and local laws

a) Article 7º of the Environmental Law of the state of San Luis Potosi published in the “Periodico Official”of December 15, 1999, establishes the attributions of the Executive in environmental matter. These attributions do not include the faculty to offer floor use licenses in a specific area or region. The executive power was exceeded in its functions when it offered and gave such permission in May, 2000.

b) Article 15º of the Constitution of the State of San Luis Potosi establishes the right of the inhabitants to enjoy a healthy environment with the obligation of the municipal and state governments “to conserve, to protect and to improve the natural resources of the state (or entity) as well as to prevent and to fight environmental pollution.

Know more about the problematic and participate actively in defense of the patrimony that is of us all. Come to the III Cultural Festival de Cerro de San Pedro that will be in March 6 and 7.

Patronato Pro-Defensa del Patrimonio Cultural e Histórico de Cerro de San Pedro, A.C.
Colectivo Azul
De lirio Azul
Asociación de vecinos de Cerro de San Pedro
Educación y Defensa Ambiental, A.C.
Pro San Luis Ecológico A.C.

Adriana Estrada and Helena Hofbauer, Impactos de la inversión minera canadiense en México: una primera aproximación, México D.F., septiembre del 2001. (De FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación, whose President is Dr. Sergio Aguayo and Vicepresident Emb. Olga Pellicer, amongst others)

Gilberto Estrada Harris, Tras lomita: de lo global a lo local. Las empresas transnacionales y la participación de la sociedad civil: el caso de Cerro de San Pedro, reading prepared for the III Festival Cultural de Cerro de San Pedro, with the collaboration of the students of Political Sciences and Public Administration of UCEM, San Luis Potosí, March 6th and 7th, 2004.


El Cerro de San Pedro y la Minera San Xavier

Con la finalidad de que se conozca de manera clara y sintética la problemática que se ha venido generando desde hace más de 8 años en el municipio de Cerro de San Pedro en San Luis Potosí, México, con motivo del cuestionado proyecto de explotación de oro y plata que la empresa canadiense Minera San Xavier pretende llevar a cabo en el lugar les urgimos a conocer la siguiente información. 2 o 3 minutos de tu tiempo en verdad que pueden significar cientos de años de historia y de futuro.

Reseña histórica

Gracias a los ricos yacimientos de oro y plata encontrados en el lugar, en 1592 se fundó Real de Minas de Cerro de San Pedro, importancia hoy manifiesta en el hecho de que en el centro del escudo de armas del estado de San Luis Potosí, México, se encuentra el Cerro San Pedro sobre el cual descansa San Luis Rey de Francia. En el centro del Cerro se encuentran los hoyos de la explotación minera y a los lados del personaje se encuentran barras de oro y plata. Es decir, gracias a Cerro de San Pedro se fundó San Luis Potosí. Aunado a su glorioso pasado, sus templos que datan del siglo XVII y en sí toda su arquitectura es excepcional a tal grado que el Instituto Nacional de Antropología e Historia, INAH , llevara a cargo todos los trabajos que se requieren para que la UNESCO lo considere patrimonio histórico de la nación. Actualmente se encuentra en trámite la declaratoria de Cerro de San Pedro como Zona de Monumentos Históricos.

Una vez entrado en vigor el Tratado de Libre Comercio de América del Norte o TLCAN en 1994, la empresa canadiense Minera San Xavier concibió la idea de explorar el antiguo pueblo minero de Cerro de San Pedro ubicado a 12 kilómetros de la ciudad capital de San Luis Potosí con la finalidad de explotar sus recursos, oro y plata. La extracción del oro y plata se pretende llevar a cabo a través de un sistema denominado “tajo a cielo abierto” y la recuperación de dichos metales a través de “cianuración,” o “lixiviación a montones.”

Impactos

La empresa convocó a los habitantes del pueblo a una reunión durante la cual se les explicó que el proyecto implicaba la desaparición del pueblo, el de sus templos y casas pero que les ofrecerían dinero para reubicarse y construir nuevas casas.

Para llevar a cabo dicha explotación de “tajo a cielo abierto” se requiere la desaparición de 1 km. de montañas por derrumbe y trituración siguiendo posteriormente hacia el subsuelo con una profundidad de entre 250 y 350 metros. Es decir, se requiere explotar tal cual se oye el Cerro sobre el cual descansa el pueblo utilizando 13 toneladas de explosivos a base de nitrato de amonio. En vez de cerro quedará un cráter… el Cráter de San Pedro.

Para el beneficio del mineral no se utiliza el sistema de fundición tradicional sino que en el patio de lixiviación se le agregan otros 16 toneladas de cianuro de sodio mezcladas con 32,000,000 litros de agua pura que saldría del acuífero que surte a la ciudad y el cual, para los que vivimos en San Luis Potosí es conocido, está en peligro de agotarse por sobreexplotación. El cianuro de sodio con el agua produce ácido cianhídrico, el cual una vez evaporizado viajará diariamente hacia la ciudad y poblados vecinos.

Se propone además utilizar también 25 toneladas diarias de explosivos compuestos de Nitrato de Amonio a fin de extraer 75,000 toneladas diarias de material. Las explosiones producirían grandes cantidades de polvos que pueden ocasionar padecimientos de fibrosis pulmonar y “silicosis,” enfermedad irreversible e incapacitante común entre los mineros.

La gente de San Pedro, Soledad de Graciano Sánchez, Los Gómez, Pozos, Armadillo de los Infante, San Luis Potosí y demás poblados aledaños estaría inhalando constantemente todos estos contaminantes.

Algunos de los aspectos legales que se están violando

Leyes federales

a) Artículo 35º de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, señala la exigencia de un perímetro de 1,000 metros a la redonde del sitio de almacenamiento y consumo de explosivos, libre de construcciones para casa habitación, zonas históricas y zonas arqueológicas. De llevarse a cabo el proyecto minero se utilizarían toneladas de explosivos para hacer el tajo a sólo 50 metros.

b) Artículo 3º del Decreto Presidencial del 2 de junio de 1961 establece por tiempo indefinido veda del agua del subsuelo del Valle de San Luis Potosí sin previo permiso escrito de la Secretaría de Recursos Hidráulicos.

c) La Ley Agraria establece la obligación de la autoridad de asesorar y proteger a los ejidatarios. Minera San Xavier negoció con ejidatarios el arrendamiento de sus tierras sin que la Procuraduría Agraria cumpliera con su obligación de asesorar a los ejidatarios. El contrato de arrendamiento menciona como miembros de la Asamblea Ejidal a personas que no aparecen en el Registro Agrario Nacional lo que significa que legalmente carecen del título de la propiedad por lo que no pueden arrendarla.

Leyes estatales

a) Artículo 7º de la Ley Ambiental del estado de San Luis Potosí publicada en el Periódico Oficial el 15 de diciembre de 1999 establece las atribuciones del Ejecutivo en materia ambiental. Estas atribuciones no incluyen la facultad de otorgar licencias de uso de suelo en una determinada área o región, por lo que el poder ejecutivo se excedió en sus funciones al otorgar dicho permiso en mayo del 2000.

b) Artículo 15º de la Constitución del Estado de San Luis Potosí establece el derecho de los habitantes a gozar de un ambiente sano con la obligación de los gobiernos estatal y municipal de “conservar, proteger y mejorar los recursos naturales de la entidad así como de prevenir y combatir la contaminación ambiental.”

Conoce más acerca de la problemática y participa activamente en defensa del patrimonio que es de todos. Asiste al III Festival Cultural de Cerro de San Pedro que se llevará acabo los días 6 y 7 de marzo.

Con la participación de:

Patronato Pro-Defensa del Patrimonio Cultural e Histórico de Cerro de San Pedro, A.C.
Colectivo Azul
De lirio Azul
Asociación de vecinos de Cerro de San Pedro
Educación y Defensa Ambiental, A.C.
Pro San Luis Ecológico A.C.

Para mayores informes consultar:

Patronato Pro-Defensa del Patrimonio Cultural e Histórico de Cerro de San
Pedro, A.C. Temario del Taller sobre el desarrollo del proyecto de Minera
San Xavier, San Luis Potosí, 8 de febrero del 2004.

Adriana Estrada y Helena Hofbauer, Impactos de la inversión minera
canadiense en México: una primera aproximación, México D.F., septiembre del
2001. (De FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación, cuyo Consejo Directivo
esta integrado por Presidente Dr. Sergio Aguayo y Vicepresidente Emb. Olga
Pellicer, entre otros)

Gilberto Estrada Harris, Tras lomita: de lo global a lo local. Las empresas
transnacionales y la participación de la sociedad civil: el caso de Cerro de
San Pedro, lectura preparada para el III Festival Cultural de Cerro de San
Pedro, con la colaboración de los estudiantes de Ciencias Políticas y
Administración Pública de la UCEM, San Luis Potosí, 6 y 7 de marzo del 2004.


Tribunal emite ejecutoria que ratifica la ilegalidad de contrato de arrendamiento

Sábado 4 de diciembre de 2004

La Jornada, Angeles Cruz Martinez

México D.F. - El Tribunal Unitario Agrario ordenó acatar la sentencia, derivada de un juicio de amparo, que determinó la ilegalidad del contrato de arrendamiento de las 290 hectáreas que pretende ocupar Minera San Xavier en San Luis Potosí.

La ejecutoria emitida el miércoles señala que dicho contrato de arrendamiento, suscrito en marzo de 1997, es ilegal, pues lo llevó a cabo un grupo de personas que no tiene los derechos del ejido ni la representación de los campesinos.

Con esta nueva resolución judicial, el proyecto de la empresa trasnacional prácticamente "está muerto jurídicamente", señaló el Frente Amplio Opositor a Minera San Xavier, el cual también calificó al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Alberto Cárdenas Jiménez, de "apologista del delito", por "azuzar" a los propietarios de la minera a empezar a operar cuando ellos lo decidan, sin tomar en cuenta las sentencias dictadas en favor de los ejidatarios.

El funcionario, señaló Miguel Angel Montoya, integrante de la organización civil, incurre en "dolosa omisión", porque el gobierno tiene la obligación de acatar los fallos del Poder Judicial.

La sentencia del tribunal agrario -derivada del amparo 807/202 emitido por el primer tribunal colegiado del noveno circuito- resalta que el contrato de arrendamiento, establecido a 15 años por Felipe Alvarado Alvarez, Manuel Gómez Moreno, Narciso Alvarado Castillo, Tiburcio Alvarado Alvarez y otras 20 personas, carece de validez porque los signantes no cuentan con los derechos agrarios del ejido Cerro de San Pedro. De hecho, esas personas "no acreditaron sus defensas y excepciones".

En las 290 hectáreas que comprende el mencionado convenio se ubica el tajo de la mina y la totalidad del pueblo, "que la empresa pretende dinamitar e inundar de cianuro", resaltó el frente.

El 24 de noviembre de 2003 el Tribunal Unitario Agrario emitió un acuerdo en relación con la solicitud que los verdaderos ejidatarios plantearon para que se instrumentaran medidas cautelares, con las cuales se pudiera detener el avance de los trabajos de la trasnacional, es decir, se mantuviera bajo resguardo la integridad territorial de la superficie en conflicto.

La respuesta del tribunal fue que al emitirse sentencia en el juicio de amparo y, luego, al quedar firme -como ocurre con la ejecutoria-, "las cosas deben regresar al estado en que se encontraban antes de la firma del arrendamiento", es decir, Minera San Xavier debe desalojar la superficie, desmantelar sus construcciones y, además, dejar el sitio como se encontraba antes de su llegada al territorio ejidal del Cerro de San Pedro.

Con la ejecutoria del tribunal agrario, lo que ahora procede, explicó Montoya, es el inicio de un juicio de desalojo y que tanto el gobernador del estado, Marcelo de los Santos, y el presidente Vicente Fox, acaten el estado de derecho.

Recordó que todavía están pendientes de resolución otros tres juicios de amparo indirecto promovidos por los ejidatarios. Uno de ellos es contra actos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), otro contra el ayuntamiento de Cerro de San Pedro y un tercero contra la Semarnat.

En los tres juicios, la autoridad concedió la suspensión de plano contra actos de despojo y destrucción del entorno ejidal. Sin embargo, en los dos primeros fue violada la suspensión de plano, luego de que la Sedena otorgara a la empresa el permiso para compra y uso de explosivos.

En el segundo caso, las autoridades municipales de Cerro San Pedro también incurrieron en desacato al autorizar las licencias de construcción y funcionamiento de la minera. Mientras, si la Dirección de Minas de la Secretaría de Economía pretendiera otorgar la ocupación temporal del inmueble a Minera San Xavier, violentaría la orden de desocupación emitida por el Tribunal Unitario Agrario.

Montoya explicó que con la emisión de la ejecutoria, la empresa trasnacional prácticamente ya no tiene ningún recurso legal al cual acogerse. Quizá pudiera solicitar un amparo en cualquier juzgado que no sea agrario, pero al final sería declarado improcedente.

A esta resolución se suma la sentencia ambiental del primero de septiembre pasado, con la cual se canceló el permiso de funcionamiento y cambio de uso de suelo otorgado por el Instituto Nacional de Ecología. Ambos instrumentos cancelan, de hecho, las operaciones de Minera San Xavier. Por eso, el Frente Amplio Opositor calificó a Cárdenas Jiménez de "apologista del delito".

El jueves, el secretario aseguró que la minera podía empezar a trabajar cuando sus propietarios quisieran, toda vez que -sostuvo- han cumplido con los requisitos que marca la Semarnat.

Ello significa, señaló la organización civil, que Cárdenas Jiménez insiste en desconocer la sentencia ejecutoria del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que invalidó el estudio de impacto ambiental de la minera, así como en ignorar la más reciente ejecutoria del Tribunal Unitario Agrario.

La agrupación también resaltó que el seguimiento de los procesos jurídicos involucra a los ejidatarios y a la empresa, pero también al gobierno federal, específicamente la Semarnat, que tiene la obligación de acatar los fallos judiciales.


Mining Company San Xavier began a law suit for defamation against members of the Frente Amplio Opositor organization, which leads the local opposition against their gold project. The association sees this as the beginning of a campaign of political harassment. The National Network of Human Right's Civil Organizations has circulated a letter of support for the three accused. The letter states that the "authorities (from San Luis Potosí) have acted as promotors of the mining project and that there is a legitimate fear that the defamation suit is part of an strategy of intimidation against community organizations".

Minera San Xavier denuncia "por difamación" a tres opositores a su proyecto de explotación

Angeles Cruz Martinez, La jornada

Domingo 23 de enero de 2005

La empresa Minera San Xavier entabló una demanda penal por difamación y lo que resulte, contra dos ejidatarios de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí, y el dirigente de una organización civil, todos integrantes del Frente Amplio Opositor al proyecto de explotación minerometalúrgica, lo que fue interpretado por la agrupación como el inicio de una persecución política en su contra.

Por este hecho, la Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos Para Todos comenzó a circular una carta de apoyo a los tres acusados, "defensores del patrimonio histórico-cultural y el medio ambiente" en Cerro de San Pedro.

El texto denominado Acción urgente, explica que la demanda penal es por haber "orquestado una campaña de difamación de carácter estatal, nacional e internacional" contra la transnacional de capital canadiense y su proyecto. No obstante, según el Frente Amplio Opositor, el sustento de la citada denuncia es un trabajo periodístico publicado en La Jornada (Masiosare, 29 de agosto de 2004), en el que ni siquiera figuran los nombres de los indiciados, por lo que carece de base legal.

La carta que circula entre las organizaciones defensoras de derechos humanos de México y Canadá, afirma que "las autoridades (de San Luis Potosí) han actuado como gestoras del proyecto y existe el fundado temor de que prospere la denuncia penal como parte una estrategia intimidatoria contra el movimiento opositor".

Entre los documentos la minera también presentó el oficio 256/PM/2004 liberado por la policía ministerial del estado el 23 de mayo de 2000, contra Rangel Mendoza por delitos electorales, consistentes en "interrumpir el desarrollo del proceso electoral".

De esta forma, resaltaron los objetores de la minera, el agente minsiterial adjunto a la Procuraduría General de Justicia del Estado inició la averiguación previa número 143/9/2005 contra Mario Martínez Ramos, presidente del patronato Pro Defensa de Cerro de San Pedro; Ana María Alvarado García y Marcos Rangel Mendoza, ambos ejidatarios de Cerro de San Pedro.

Los dirigentes del frente comentaron que el próximo miércoles se reunirán con el secretario general de gobierno de San Luis Potosí, Alfonso Castillo Machuca, a quien le pedirán explique cómo la autoridad judicial integró la averiguación previa, pues "es evidente que hubo un uso faccioso de la ley".

También solicitarán al funcionario que las demandas penales contra la minera, particularmente la que promovió el Instituto Nacional de Antropología e Historia la semana pasada, se integren y liberen con la misma celeridad que se hizo en el caso de la denuncia por difamación contra los miembros del Frente Amplio Opositor.

Asimismo, exigirán respuesta al escrito en el que piden al gobernador Marcelo de los Santos una posición pública en torno al juicio de garantías que promovió Minera San Xavier contra el gobierno del estado por el decreto que declaró a Cerro de San Pedro área de protección y reserva ecológica.

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